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Concepto sanitario para restaurantes en Colombia

Qué es el concepto sanitario en Colombia, quién visita tu restaurante, por qué es gratis y no vence, qué revisa la secretaría y qué pasa si sale desfavorable.

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En Colombia, el concepto sanitario es la constancia que emite la secretaría de salud después de visitar tu establecimiento y revisar sus condiciones higiénicas. En un restaurante, los requisitos que se revisan están sobre todo en la Resolución 2674 de 2013. El resultado puede ser favorable, favorable con requerimientos o desfavorable.

Tres cosas que muchas páginas cuentan mal. No cuesta nada: la visita y el concepto son gratuitos. No vence: según la guía del Ministerio de Salud, sigue vigente hasta que una nueva visita lo reemplace. Y no lo da el INVIMA: a un restaurante lo vigila la secretaría de salud del municipio, del distrito o, en municipios pequeños, del departamento.

Antes de seguir: Platevio no tramita, presenta ni certifica nada ante la secretaría de salud, el INVIMA, la alcaldía o la Policía. Este artículo es información general, vigente a septiembre de 2026, y no es asesoría legal. El canal oficial es la secretaría de salud de tu jurisdicción; en Bogotá, la Secretaría Distrital de Salud y su portal de autorregulación.

Qué es el concepto sanitario (y qué no es)

La Resolución 1229 de 2013 del Ministerio de Salud organiza la inspección, vigilancia y control sanitario (IVC), y la inspección termina en la “emisión de concepto sanitario o certificación” o en medidas de control. El ABECÉ del Ministerio lo resume: es la constancia que queda después de una visita presencial y técnica a tu establecimiento.

No es una licencia. El Decreto-ley 2150 de 1995 (artículo 46) dispuso que ningún establecimiento requiere licencia, permiso o autorización de funcionamiento, salvo los requisitos que la ley enumera. Así, dice el Ministerio, se suprimieron las antiguas licencias sanitarias de funcionamiento.

Tampoco es el curso de manipulación de alimentos ni el certificado médico: son documentos de cada trabajador, la visita comprueba que existan y no reemplazan el concepto del establecimiento.

Quien busca “concepto sanitario” suele mezclarlo con otros dos trámites:

TrámiteQué cubreQuién lo llevaCuánto dura
Concepto sanitarioLas condiciones higiénicas de tu establecimientoSecretaría de salud municipal, distrital o departamentalNo vence; lo reemplaza el de una nueva visita
Registro (RSA), permiso (PSA) o notificación sanitaria (NSA)Un alimento envasado que se vende al consumidorINVIMARegistro, 5 años; notificación, 10 años; renovables
Requisitos del artículo 87 del Código de PolicíaUso del suelo, matrícula mercantil, aviso de apertura a la PolicíaLa Policía los puede verificar en cualquier momentoAntes de abrir y mientras funcionas

La Ley 1122 de 2007 (artículo 34) da al INVIMA la competencia exclusiva sobre la producción y el procesamiento de alimentos, y deja los establecimientos gastronómicos a departamentos, distritos y municipios. Si además envasas un producto para vender en estantería, como una salsa en frasco, consulta con el INVIMA si ese producto necesita registro, permiso o notificación.

Quién hace la visita, cuánto cuesta y cuánto dura

Quién

Los distritos y los municipios de categorías 1, 2, 3 y especial vigilan sus establecimientos gastronómicos (Ley 1122); en los de categorías 4, 5 y 6 lo hace el departamento (Ley 715 de 2001, artículo 43). Pregunta en la secretaría de salud de tu alcaldía o, si tu municipio es pequeño, en la de la gobernación.

Cuánto cuesta

Nada. El ABECÉ del Ministerio lo dice así: “Las visitas sanitarias y el concepto sanitario no tienen costo”. En Bogotá, la Secretaría Distrital de Salud pide no permitir cobros por la visita ni por la emisión del concepto. Si alguien te pasa una cuenta, te cobra su asesoría, no el concepto.

Cuánto dura

No tiene fecha de vencimiento. Según la guía del Ministerio de Salud, el concepto “no tiene vigencia y no tiene costo” y sigue vigente hasta que la secretaría expida otro después de una nueva visita. La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá lo repitió en 2022: no caduca, y la vigilancia es permanente, sin plazo fijo.

Los asesores que ofrecen “renovar el concepto sanitario cada año” se equivocan en ese punto. La otra cara: un concepto favorable no te protege para siempre. Una visita puede llegar por programación de la secretaría, por tu solicitud, por una queja, por pedido de otra entidad, por un evento de salud pública o dentro de un proceso sancionatorio, y reemplazarlo por uno peor. En Bogotá, la visita de control no se anuncia.

Favorable, favorable con requerimientos o desfavorable

La definición de la Resolución 2674 habla de concepto favorable o desfavorable. La guía del Ministerio de Salud, basada en su Modelo de IVC en Salud Ambiental, usa tres resultados ligados al porcentaje de cumplimiento del acta:

ConceptoPorcentaje del actaQué significa
Favorable95 % a 100 %Cumples y tu operación no genera riesgos sanitarios
Favorable con requerimientos50 % a 94 %No cumples todo, pero no hay riesgo inminente para la salud pública
Desfavorable49 % o menosNo cumples y hay riesgo inminente para la salud pública

Esos porcentajes vienen de la guía del Ministerio, no de un artículo de ley, y las actas de cada secretaría pueden calificar distinto. Pide que te expliquen la calificación de la tuya.

Con requerimientos, el acta dice qué falta: corrígelo y guarda los soportes. Desfavorable abre la puerta a medidas inmediatas, como la clausura temporal (más abajo). En Medellín, la Alcaldía pidió en 2022 a los clientes fijarse en los sellos verdes o amarillos de la entrada, que corresponden a concepto favorable o favorable condicionado.

Qué revisa la visita: la Resolución 2674 de 2013 en tu restaurante

La Resolución 2674 de 2013 fija los requisitos sanitarios para quien prepara, almacena, transporta o vende alimentos en todo el país. Sigue vigente a septiembre de 2026 según el normograma del INVIMA; su única modificación registrada es la del artículo 37, sobre los trámites del INVIMA (Resolución 3168 de 2015). Si buscas el PDF, el texto completo está en la biblioteca del INVIMA y en su normograma.

Define restaurante como “todo establecimiento fijo destinado a la preparación, servicio, expendio y consumo de alimentos”. Las partes que te tocan:

CapítuloArtículosDe qué trata
II8 a 10Equipos y utensilios
III11 a 14Personal manipulador
VI26Plan de saneamiento
VII27 a 31Almacenamiento y transporte
VIII32 a 36Restaurantes y establecimientos gastronómicos
Título III, cap. IV50 a 52Inscripción, vigilancia y procedimiento sancionatorio

Tres artículos pesan en la preparación:

  • Inscripción (artículo 50). El dueño inscribe el establecimiento ante la autoridad sanitaria y avisa de inmediato cualquier cambio de propietario, razón social, ubicación o cierre.
  • Capacitación (artículos 12, 13 y 36). El establecimiento necesita un plan de capacitación continuo de al menos 10 horas al año, con metodología, duración, docentes, cronograma y temas. Los cursos los puede dar la autoridad local de salud, la empresa o un tercero, y la visita lo verifica.
  • Responsabilidad (artículo 36). El propietario, la administración y los manipuladores responden por la inocuidad. No es solo asunto del cocinero.

Sobre el frío: la resolución fija la congelación en −18 °C o menos (artículo 28), pero no pone un número para la refrigeración. Exige controlar y registrar la temperatura y revisar a intervalos regulares que los dispositivos de registro midan bien.

Checklist antes de la visita, por área

No reemplaza el acta ni las listas de chequeo de tu secretaría.

Local (artículo 32)

  • Áreas independientes de cualquier vivienda; nadie duerme ahí.
  • Suficiente agua potable.
  • Baños del personal dotados y separados del área de preparación.
  • Baño para el público o, si el espacio no alcanza, acceso a los del personal o del centro comercial.
  • Local que impida la entrada de plagas; alrededores sin basura ni charcos.

Cocina (artículo 33)

  • Pisos resistentes, impermeables, no deslizantes y sin grietas.
  • Paredes de colores claros, lisas y fáciles de lavar.
  • Techos sin suciedad ni condensación; en lo posible, sin techo falso.
  • Canecas de desperdicios tapadas, lejos de la preparación y vaciadas con frecuencia.
  • Ni animales ni personas distintas a los manipuladores.
  • Ningún químico peligroso en la cocina.

Preparación y servicio (artículo 35)

  • Carnes, pescados, frutas y verduras crudas lavados con agua potable corriente; frutas y verduras, además, desinfectadas.
  • Perecederos refrigerados o congelados en recipientes separados de lo que está listo para servir.
  • Quien prepara o sirve no manipula dinero al mismo tiempo.
  • Comida en exhibición protegida en vitrina o campana.
  • Se sirve con pinzas o cucharas, no con las manos.
  • Tablas de picar de material sanitario, en buen estado.

Almacenamiento y frío (artículo 28)

  • Primeras entradas, primeras salidas.
  • Temperatura de neveras y congeladores controlada y registrada; congelador a −18 °C o menos.
  • En bodega, estibas a 60 cm de las paredes y a 15 cm del piso.
  • Detergentes y desinfectantes rotulados, en un área separada.

Documentos (artículos 11, 12, 26 y 50)

  • Número de inscripción ante la secretaría de salud.
  • Plan de saneamiento escrito, con registros al día.
  • Plan de capacitación con sus soportes.
  • Certificados médicos de aptitud del personal, renovados al menos una vez al año.

El plan de saneamiento: el documento que más se pide

Una cocina limpia sin papeles que lo demuestren se nota en el acta. El artículo 26 obliga al dueño a tener un plan de saneamiento escrito y a disposición de la autoridad, con procedimientos, cronogramas, registros, listas de chequeo y responsables de cuatro programas:

  1. Limpieza y desinfección: qué productos usas, en qué concentración, cuánto tiempo actúan, con qué equipos y cada cuánto.
  2. Desechos sólidos: cómo se recogen, se guardan, se clasifican y salen.
  3. Control de plagas: un programa específico y preventivo, no solo fumigar cuando aparece una cucaracha.
  4. Agua potable: fuente, tratamiento, diseño y capacidad del tanque, limpieza de tanque y redes, controles y sus registros.

La página de restaurantes de la Secretaría Distrital de Salud resume los tres primeros; el del agua está en la resolución. El ABECÉ incluye los soportes de lavado de tanques entre los documentos que conviene tener listos.

Plantilla para armarlo

ProgramaQué dice el procedimientoRegistro que lo demuestraFrecuenciaResponsable
Limpieza y desinfecciónSuperficies, equipos y utensilios; producto, concentración, tiempo de contacto
Desechos sólidosRecolección, almacenamiento, clasificación, salida
Control de plagasMedidas preventivas, revisión, servicio externo si lo hay
Agua potableFuente, tratamiento, tanque, lavado, controles
Temperaturas (artículo 28, aparte del plan)Neveras, congeladores y sus termómetros

Digamos que los mesones se desinfectan al cerrar cada turno. La fila quedaría: procedimiento con el producto y la dilución de su etiqueta, planilla diaria con fecha y firma, frecuencia “cierre de turno”, responsable “cocinero de cierre”.

Cómo pedir la visita, paso a paso (ejemplo: Bogotá)

La inscripción ante la autoridad sanitaria es obligatoria en todo el país, y cada secretaría fija su procedimiento. Según el ABECÉ, el representante legal de un establecimiento que ya funciona puede pedir la visita en línea o en las oficinas de la secretaría.

En Bogotá, la Secretaría Distrital de Salud lo organiza en su portal Negocios Saludables, Negocios Rentables y en su guía de 2022:

  1. Conoce la norma en la página para restaurantes del portal.
  2. Inscribe tu establecimiento en línea. En Bogotá es obligatorio para todo tipo de negocio vigilado.
  3. Autoevalúate con las listas de chequeo del portal y con el checklist de arriba.
  4. Solicita la visita en conceptosanitario.saludcapital.gov.co con tu número de inscripción. Ahí también consultas la solicitud.
  5. Recibe la visita y quédate con el acta.
  6. Autorregúlate: la visita de control no se anuncia.

No encontramos un plazo oficial para la visita, ni en Bogotá ni a nivel nacional. Fuera de Bogotá, busca en la página de la secretaría de salud de tu municipio o departamento cómo inscribirte y pedir la visita, o ve en persona.

El día de la visita, el Ministerio recomienda pedir la identificación del funcionario, designar a quien lo acompañe, tener a mano la documentación, pedir copia del acta y solicitar aclaración de cualquier hallazgo que no entiendas.

Si sale desfavorable: medidas, sanciones y Código de Policía

Medidas sanitarias de seguridad

La Ley 9 de 1979, el Código Sanitario Nacional, permite (artículo 576) la clausura temporal, total o parcial, del establecimiento; la suspensión de trabajos o servicios; el decomiso y la destrucción de productos, y la suspensión temporal de su venta. Son de ejecución inmediata, preventivas y transitorias, y no impiden las sanciones.

Sanciones

El artículo 577, en la redacción del Decreto-ley 2106 de 2019 (artículo 98), prevé amonestación, multas sucesivas de hasta 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, decomiso, suspensión o cancelación del registro o licencia, y cierre temporal o definitivo. Es un tope, no una tarifa. Algunas guías todavía hablan de salarios diarios: es la redacción anterior a 2019.

Dos matices de la misma ley. Si el establecimiento está catalogado de bajo riesgo, el proceso solo se abre cuando, además de la presunta infracción, hay indicios de que el producto salió al mercado o se incumplieron las medidas de seguridad. Y pagar la multa no te libra de hacer las obras o medidas que te ordenen (artículo 579).

El procedimiento sigue la Ley 1437 de 2011 (Resolución 2674, artículo 52). Si en el Gestor Normativo ves una nota de derogación sobre la Ley 9: la Ley 2603 de 2026 derogó solo el artículo 151, sobre radiaciones.

El Código de Policía

La Ley 1801 de 2016 (artículo 87) exige, antes de abrir, cumplir las normas de uso del suelo, tener vigente la matrícula mercantil y comunicar la apertura al comandante de la estación de Policía. Mientras funcionas: respetar ruido y horarios, cumplir “las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales determinadas en el régimen de Policía”, ejercer solo la actividad registrada y, si pones música protegida, “mantener y presentar el comprobante de pago al día”. La Policía puede verificarlo en cualquier momento, y ninguna autoridad puede exigir permisos que la ley no prevea.

El artículo 92 fija las consecuencias:

ComportamientoMedida correctiva
Vender, procesar o almacenar alimentos contrariando las normas vigentesMulta general tipo 2, destrucción de bien y suspensión temporal
No presentar el comprobante de pago de la música protegidaMulta general tipo 3 y suspensión temporal
No comunicar la apertura a la PolicíaPrograma comunitario o actividad pedagógica de convivencia
Funcionar sin cumplir los requisitos del artículo 87Multa general tipo 4 (el parágrafo 7 excluye la suspensión temporal)

Con la reforma de la Ley 2450 de 2025, el artículo 180 fija la multa tipo 2 en 4 salarios mínimos diarios legales vigentes, la tipo 3 en 8 y la tipo 4 en 16. Si pagas dentro de los cinco días hábiles siguientes al comparendo, la multa baja un 50 %. Y, según el parágrafo 6 del artículo 92, si en el año siguiente a una medida vuelves a incurrir en un comportamiento que dé lugar a suspensión temporal, la suspensión pasa a ser definitiva.

Dónde encaja Platevio (y dónde no)

Platevio no te ayuda con nada de lo anterior. No inscribe tu establecimiento, no solicita visitas ni tramita nada ante la secretaría de salud, el INVIMA, la Cámara de Comercio o la Policía. No lleva el plan de saneamiento ni registros de limpieza, temperaturas, agua o control de plagas: esas planillas las llevas tú, en papel o en otra herramienta. No emite factura electrónica ni documento equivalente POS de la DIAN, ni ningún documento fiscal. Tampoco procesa pagos con tarjeta (solo registra cómo se pagó) y no funciona sin internet: el pedido necesita conexión para llegar a cocina.

Entra cuando el establecimiento ya está abierto y el problema es el servicio:

  • Comanda digital: el mesero toma el pedido en su celular o tableta, con extras y notas en cada plato.
  • Pantalla de cocina: cada plato enviado aparece con sus extras y notas, y se marca como cocinado y servido (pantalla de cocina).
  • Impresión: tickets y comandas por WiFi, Ethernet, USB o Bluetooth en impresoras térmicas ESC/POS y Star Micronics. Un ticket impreso no es una factura.
  • Plano de mesas: ves qué mesas están ocupadas, esperando cocina o listas para pagar.

Funciona en el navegador de los equipos que ya tienes, igual en un restaurante que en una cafetería o un bar. Un servicio completo se ve en la página del sistema POS para restaurantes, y el precio cabe en una línea: Gratis. Sin tarjeta, sin plan.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el concepto sanitario?

Nada. La guía del Ministerio de Salud dice que las visitas sanitarias y el concepto no tienen costo, y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá pide no aceptar cobros.

¿El concepto sanitario se vence o hay que renovarlo cada año?

No se vence ni se renueva. Según el Ministerio de Salud, sigue vigente hasta que la secretaría expida otro después de una nueva visita, que puede llegar sin aviso.

¿Dónde se saca el concepto sanitario en Bogotá?

Con la Secretaría Distrital de Salud: inscribes el establecimiento en el portal de autorregulación, te autoevalúas y solicitas la visita en conceptosanitario.saludcapital.gov.co con tu número de inscripción.

¿Qué significa un concepto sanitario favorable con requerimientos?

Que no cumples todo, pero lo que falta no es un riesgo inminente para la salud pública. En la guía del Ministerio corresponde a un acta de 50 % a 94 %. Corrige lo que dice el acta.

¿Qué pasa si el concepto sanitario sale desfavorable?

La secretaría puede aplicar medidas inmediatas, como la clausura temporal, y abrir un proceso sancionatorio con multas de hasta 10.000 salarios mínimos mensuales o cierre.

¿El concepto sanitario es lo mismo que el registro INVIMA?

No. El concepto es del establecimiento y lo emite la secretaría de salud. El registro, el permiso o la notificación del INVIMA son para alimentos envasados que se venden al consumidor.

¿Qué documentos piden en la visita de la secretaría de salud a un restaurante?

El plan de saneamiento con sus registros, el plan de capacitación, los certificados médicos del personal y el número de inscripción.

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